En el presente caso se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por el Artículo
185-A del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo la oportunidad
legal, este el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los de los
Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA PRETENSIÒN DE DIVORCIO, formulada por
ciudadanos DANIELA ALEJANDRA ALVAREZ DE LA ROSA e ITAMAR JOSUE CASTRO
PEREZ debidamente identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia,
disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día 05 de Noviembre de 2013, fecha en la
que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Ciudad Alianza,
Municipio Guacara del Estado Carabobo. Acta N° 60. Tomo I
Por cuanto los solicitantes man.....