El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción judicial del estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley declara embargada preventivamente la cantidad CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON DOS CENTIMOS (Bs 52.240,02) y LA CANTIDAD DE SETENTA Y CINCO MIL EXACTOS (Bs 75.000,oo), la cual esta diferida y se ordena al banco bloquear contra debito hasta cubrir la cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS EXACTOS (Bs 347.500,oo) en la cuenta corriente 0114-0220-82-2200212951, cuyo titular GRUPO AMAZONIA C.A. Seguidamente el tribunal solicita al notificado bloquee el monto embargado preventivamente igualmente el tribunal designa como agente de Retención al Banco Bancaribe, en la persona del gerente de servicio ciudadano: DOUGLAS BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº V 10.326.219, quien expone: "Acepto la designación hecha por el tribunal y juro cumplir bien y fielmente con los deberes i.....