Vista la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia oral y pública de juicio, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO en la presente causa por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACIONES Y SALARIOS CAÍDOS, incoada por la ciudadana, BELKIS AMELIA MAVARES NAVAS, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-8.603.856, contra la entidad de trabajo "GOBERNACIÓN DEL ESTADO CARABOBO EN EL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR PAE", todos plenamente identificados en autos. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Puerto Cabello, a los veinti.....