Por los razonamientos antes expuestos éste JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos HUMBERTO CLAVIJO VALBUENA y CECILIA CAMPOS BERNAL, asistidos por la Abogado FELIDA RAMIREZ BUSTAMANTE, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 06 de Junio de 1.970, en la Parroquia san Roque, por ante Fray Ignacio Arroyabe, según consta del Acta de Matrimonio de fecha 24 de Junio de 1.970, emitida por la Notaria Primera de Ibagué, Colombia; Posteriormente inscrita por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, bajo el N° 251, Tomo II, del año 2.009.-
Liquídese la .....