Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL de fecha 20 de febrero de 2024 (folios 80), celebrada en la presente DEMANDA que por DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), fuera incoada por la Sociedad Mercantil EL CENTRO INVERSIONES, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 28 de septiembre de 1989, anotada bajo el N° 22, Tomo 17-A, a través de sus apoderados judiciales, abogados MAURICIA MARIA GONZÁLEZ VALLES y CHRISTIAN ALEXANDER GARCIA CASTRILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 40.420 y 218.697, respectivamente; contra la Sociedad Mercantil EL MANANTIAL DE OGGUN .....