Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, san Joaquín y Diego Ibarra de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y
por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA PRETENSIÒN DE DIVORCIO POR MUTUO
CONSENTIMIENTO, formulada por ciudadanos LEONARDO GERARDO BARBATO OMAR y
MARIELIS NATHALIS VILLEGAS RUIZ, plenamente identificados en el encabezamiento del
presente fallo y disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 04 de Diciembre de
2017, fecha en la que contrajeron matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio
Naguanagua Estado Carabobo. Acta N° 0578
Por cuanto los solicitantes manifestaron no haber adquirido bienes de importancia durante
el matrimonio, no hay COMUNIDD CONYUGAL que liquidar.
PUBLIQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGU.....