En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada YUSMARI DANIELA LAMAS, actuando en su carácter de representante judicial de la demandada, ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PUERTO CABELLO, al verificar esta Alzada, que logró probar los derechos y defensas de los intereses que representa. Así se establece.
REVOCA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 13 de octubre de 2014, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana KARLA ANDREINA CALDERA, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PUERTO CABELLO. Así se establece.
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