En razón y fuerza de las consideraciones anteriores este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION que intentare la parte recurrente Import Bam C.A., a través de su representante legal Oscar Jesús Vargas Zerpa, asistido de los abogados en ejercicio Carlos Jhonge y Jesús León, todos identificados supra; contra la Sentencia Definitiva de fecha 06 de diciembre de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente Nº GP31-V-2013-000176, que declara Parcialmente Con Lugar la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada contra la entidad mercantil apelante, por los también arriba id.....