Las partes manifiestan al juez que satisfactoriamente para ambas partes han llegado a la materialización de un acuerdo a través del cual la parte demandada conviene en cancelar la suma de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 50.000.000,00), equivalente actualmente a la suma de CINCUENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 50.000,00); cuyo monto se cancelará en un único y sólo pago el día MARTES 26 de Enero de 2008, por ante la URDD de este Tribunal, a través de instrumento cambiario cheque girado a la orden del ciudadano LUIS LEONEL CARVALLO PAEZ, quien estando presente manifiesta libre de apremio y coacción, aceptar el monto ofertado y la suscripción de la transacción. Con el acuerdo del pago producido en este Acto se da por terminado el presente procedimiento y se satisfacen todos y cada uno de los conceptos de la pretensión representados por las Indemnizaciones materiales y el daño moral como consecuencia de la discapacidad derivada de la enfermedad profesional demandada por el accionan.....