Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE, actuando con la competencia que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. RATIFICA el amparo cautelar solicitado por el ciudadano JUNIOR JOSÉ AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.304, asistido por la abogada OSNEIRA COLINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 61.7025. ordenó la SUSPENSIÓN de los efectos del acto administrativo contenido en Acto Administrativo Nº 001-2015 de fecha 01 de junio de 2015, dictada por el CONSEJO DISCIPLINARIO REGIÓN CENTRAL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICA (CICPC) ; y ordenó la reincorporación provisional del ciudadano JUNIOR JOSÉ AGUILAR, titular de la cédula de identidad Nº V-18.437.304, al cargo de Detective Agregado adscrito al Cuerpo de Investigaciones, científicas Penales y Crimi.....