En razón de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la CUANTÍA, para conocer la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuso el Ciudadano ALIRIO JOSE RUIZ, venezolano, mayor de edad, actuando en su propio nombre y representación, titular de la cedula de identidad N° V-7.093.545, de Profesión Abogado, Inpreabogado N° 86.293, actuando en su propio nombre y Representación y de este domicilio, en contra de la Sociedad Mercantil PRIACA C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del estado Falcón en fecha 23 de Mayo de 2014 bajo el N° 2 Toma 22-A, en la persona de su Gerente Ge.....