PRUEBAS PARTE DEMANDANTE: Mediante escrito presentado en fecha 11 de julio de 2025, agregado a los autos en fecha 14 de julio de 2025, la apoderado judicial de la parte demandante promovió:
• Ratifica y promueve documentales consignadas junto al libelo, marcados A y B, y promueve copia simple de denuncia interpuesta ante la División de Planeamiento Urbano adscrita a la Alcaldía de Puerto Cabello en fecha 02 de febrero de 2024, marcada "A". Dichas documentales se admiten de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.
• Prueba de informes. Promueve prueba de informes de conformidad con el artículo 433 del Còdigo de Procedimiento Civil, a los fines que la División de Planeamiento Urbano de la Alcaldía de Puerto Cabello, remita la información que detalla a este Tribunal. En tal sentido, se admite dicha prueba de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 433 eiusdem. En cons.....