En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
DESISTIDO, el recurso de apelación planteado por el abogado EDUARDO EMILIO TRENARD LA BELLA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Matricula: 117.905, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada FERRO ALUMINIO C.A. (FERRALCA), de conformidad con diligencia suscrita, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta contra la mencionada sentencia de fecha 22 de mayo de 2009, y en consecuencia se procede como sentencia Pasada por Autoridad de Cosa Juzgada. Así se establece.-
CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, exten.....