-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: ABANDONO DE TRÁMITE por falta de interés en la conclusión definitiva de la demanda de PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS intentada por el abogado DIEGO PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 301.768, representando a la Sociedad Mercantil NKC BIO PRODUCTS, C.A, con Registro de Información Fiscal Nº J-30648489-2, inscrita ante el Registro Mercantil 4 del Distrito Federal, estado Miranda, bajo el Nº 62, tomo 57, de fecha veintinueve (29) se septiembre del año 1999, trasladada al Registro Mercantil Primero, estado Carabobo, en fecha diecisiete (17) de junio del año 2005, bajo el Nº 37, tomo 46 y finalmente establecida en el Regis.....