Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1)SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la abogada Ligia Chalbaud, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 116.679, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil RESTOVEN DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Nº 128-2013, de fecha 04 de abril de 2013 emitida por el SERVICIO AUTÓNOMO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA (SATRIM).