V.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadano MARÍA YSABEL PERNÍA ALVARADO y LUÍS ERNESTO LEÓN LOZADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.914.816 y V-14.538.374, ambos de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio CARMEN MILAGRO ÁLVAREZ GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.016, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil; en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual contrajeron en fecha veintisé.....