En merito a lo expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE, en razón del Territorio, para seguir conociendo de la presente causa, declinando la misma a los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.- Remítase el expediente con oficio N° 4400-106.- al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA
Abg. Egilda Rojas Sánchez
Siendo las 3:15 p.m, se dicto la anterior decisión. Se remite con Oficio Nro.4400-106.-