V
DISPOSITIVO
En base a los razonamientos expuestos, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este Juzgado Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana YADIRA DEL CARMEN LOVERA SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.596.670, representada por su Apoderada Judicial HILDA M. AGREDA G, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.877, contra las ciudadanas NIRDA JOSEFINA NAMIAS DE MENDEZ e INGRID YULENE MENDEZ NAMIAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.759.168 y V-8.598.314, respectivamente, representada la segunda codemandada nombrada por el defensor judicial SANTIAGO ELIAS MENDOZA GUDIÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo.....