este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su homologación al referido acuerdo transaccional a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, en tanto y en cuanto sus firmantes aparecen suficientemente autorizados para transigir derechos en nombres de sus patrocinados según se desprende de los poderes acreditados en autos y cursantes a los folios "06" al "07" y "310" al "315", comporta recíprocas concesiones de las partes en relación con los conceptos que fueron discutidos en el presente juicio y, al respecto, cumple con los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y en el artículo 10 de su Reglamento, todo en concordancia con lo dispuesto en los artículos 154, 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicables analógicame.....