En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana DORELIS AMINTA LUCENA ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.344.119, asistido por la abogada MARBELLA PIÑANGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 211.653, en contra del ciudadano JOSÉ ENRIQUE ANTEQUERA CHIQUITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.774.962. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 17 de octubre de 2008, por ante la Oficina de Regist.....