DECISION
Con fundamento en la anteriores consideraciones, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO y se ordena al Registrador Civil del Municipio Guacara del estado Carabobo, a fin de que estampen la debida nota marginal en la partida de nacimiento del ciudadano: RAMON RODOLFO JUAREZ COLMENAREZ, que se encuentran inserta en el libro respectivo de fecha Siete (07) de abril del año Dos Mil Cinco (2.005), bajo el número 372, folio 201, tomo I, que donde dice: " el día Veintidós (22) de Mayo del año Dos Mil Cinco", lo correcto es "el día veintidós (22) del mes de mayo del año Dos Mil Cuatro (2004)", y donde dice "es hijo de María Cecilia Colmenares" con la última consonante s) lo corr.....