Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la querella funcionarial interpuesta por los abogados GUSTAVO ENRIQUE PINEDA y EDDIEZ JOSE SEVILLA RODRIGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 15.970 y 70.023, actuando con caracteres de apoderados judiciales del ciudadano CESAR ALEXANDER AULAR NOGUERA cédula de identidad N° V-13.442.238, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO TINAQUILLO DEL ESTADO COJEDES.