La parte demandada, a los fines de dar por concluido el presente Juicio ofrece en cancelar por todos los conceptos demandados y los que eventualmente pudieran surgir como consecuencia de la terminación de la relación de trabajo, la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLÍVARES (3.880.000,00); los cuáles serán cancelados ante este Juzgado en fecha 28/11/2006, a las 09:00am, mediante instrumento cambiario (cheque) a nombre y a la orden del actor JAIME ALFONSO ROJAS VARGAS. En este estado el apoderado actor, manifiesta que está conforme con la cancelación producida en este acto ya que satisface el contenido de la pretensión representado por los conceptos de ANTIGÜEDAD, VACACIONES FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL FRACCIONADO, UTILIDADES FRACCIONADAS, E INTERESES SOBRE PRESTACIONES. Como consecuencia de lo expuesto las partes suscriben el presente contrato de transacción de conformidad con lo establecido en el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana .....