II. DECISIÒN
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento formulado en fecha catorce (14) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), y DECLARA terminada la presente demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana ELIZABETH JOSEFINA ROSAS JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.050.689, este domicilio, asistida por la abogada CARMEN JUDITH RENGIFO JIMÉNEZ, inscrita en el Impreabogado bajo el Nro 49.006. SEGUNDO: Se ordena la devolución de originales a la parte interesada y en su lugar dejar copias fotostáticas simples con .....