DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación de la parte demandada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MISAEL JOSE SANDOVAL VARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. 12.774.671, contra la empresa TRANSPORTE FLOCAR, C.A.
En consecuencia, se ordena a la accionada pagar a la parte actora la cantidad de Bs. 98.564,75, en virtud de los siguientes conceptos y cantidades:
Antigüedad Bs. 24.403,17
Vacaciones Bs. 20.856,49
Bono Post Vacacional Bs. 1.142,00
Utilidades Fraccionadas Bs. 16.497,09
Días de Descanso y Feriados Bs. 35.666,00