DISPOSITIVA.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos, ROGER OSWALDO GUEVARA HERRERA, RONALD PEREIRA FLORES, LILIANA CURVELO VENTURA, NOEL RUIZ PEREIRA, MARIA PEREZ JIMENEZ y JEYSON MANRIQUE ANDERSON venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 18.343.517, 16.185.806, 12.079.020, 7.131.292, 16.862.563 y 15.226.866 respectivamente y de este domicilio, contra la empresa ALMACENADORA BRAPERCA, C.A, POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES.
En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar a los litisconsortes activos, en la for.....