En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la demanda por beneficio de jubilación incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO DENIS GUEVARA contra CERÁMICA CARABOBO, S.A.C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de la presente decisión.