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DISPOSITIVA:
En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03-07-2019, por el ciudadano APOLINAR JOSE GUILLEN CASTRO, inscrito en el Inpreabogado Nº. 250.955, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ANAIZ CAROLINA UZCATEGUI UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.736.345; contra el fallo dictado en fecha 01-07-2019, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Valencia, que actuó en sede constitucional. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 18-0.....