En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana LEYSDI KATIANA CABANSO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad N° V-12.993.637, y de este domicilio, asistida por los abogados TATIANA MARIA ESTERITA ALTAMAR y NELSON JOSE GIMENEZ ANGARITA Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 213.772. y 168.640 y de este domicilio; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia del Magistrado D.....