Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: VIVIAN JOSEFINA GONZALEZ COELLO y FRANCISCO JOSE GOMEZ MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-11.529.608 y V-13.324.520, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencias 446 de fecha 15/05/2014, expediente N°14-0094, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, bajo la premisa del Articulo 184° Ejusdem, queda DISUELTO el vínculo Matrimonial contraído por los referidos ciudadanos VIVIAN JOSEFINA GONZALEZ COELLO y FRANCISCO JOSE GOMEZ MARQUEZ, ven.....