En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado HOWARD JOSE REYES COLINA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 266.649, en su carácter de apoderado judicial de la demandada de autos, ASOCIACION COOPERATIVA SOLIMET R.L. Y así se establece.
REVOCA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 03 de mayo de 2018, que declaró Parcialmente Con lugar, la demanda por cobro de Prestaciones Sociales y Demás Beneficios, incoada por los ciudadanos, JESUS ALBERTO SANDOVAL AGUIRRE, HENRRY FRANCISCO RIERA, CARLOS A.....