DISPOSITIVO:
En merito de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello actuando en sede contencioso-administrativo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la entidad de trabajo BOLIVARIANA DE PUERTOS, S.A; en consecuencia se anula la Providencia Administrativa Nº 00132-2012 de fecha 21-marzo-2012, en el expediente signado bajo el nº 049-2011-01-00032, mediante la cual se declaro la desmejora laboral dictada por la Inspectoría del Trabajo de los municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo:
Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión en el Tribunal.
Notifíquese a la Procuraduría General de la Republica; en c.....