En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley: Primero: Desestima la solicitud de rectificación de sentencia presentada por la abogado Carmen Rosa Gámez, en su condición de apoderada judicial de Idesa Fundimeca, C.A.; Segundo: Se rectifica –oficiosamente y en los términos anteriormente expuesto- la sentencia de fecha 08 de febrero de 2008, mediante la cual se ha motivado la declaratoria sin lugar de la demanda interpuesta por las ciudadanas Andrea Pérez y Carmen López contra Idesa Fundimeca, C.A.