En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, actuando en Sede Civil declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RAUL ANTONIO GONZALEZ, representado por el abogado LUIS HIDALGO VILLANUEVA, contra la ciudadana MARIA IRENE DA COSTA DE ALVES, representada igualmente por el abogado CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, por incumplimiento del contrato de arrendamiento.
SEGUNDO: Se declara resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado entre las partes.
TERCERO: Se ordena a la parte demandada, hacer entrega a la parte demandante, del inmueble constituido por (1) local comercial situado en la Urbanización, Popular El Socorro, en jurisdicción de la Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Cara.....