´DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 03 de junio de 2025, por el abogado, CARLOS MANUEL FIGUEREDO MECQ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.461, contra el auto dictado en fecha 20 de mayo de 2025, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 20 de mayo de 2025, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en el cual se acuerda la ejecución voluntaria de la sentencia definitivamente firme dictada por el Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito; Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo en fecha 16 de septiembre de 2024. TERCE.....