Luego de revisado el acuerdo transaccional concertado por las partes, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su homologación al referido acuerdo transaccional a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada respecto de los conceptos que fueron discutidos en la presente causa, en tanto sus intervinientes tienen capacidad para acceder al mismo y comporta recíprocas concesiones en relación con los conceptos y derechos discutidos en el presente juicio siendo que, en relación con los mismos, el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del demandante ni normas de orden público, cumpliendo con los requisitos establecidos en numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica d.....