En razón de lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA incoada por el ciudadano: ORLANDO FONTANA GALAVIS DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.022.160, de este domicilio, asistido por la Abogado en ejercicio ALYHANDRIS NAVARRO MANZANO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.590, en contra de la Entidad Mercantil "Un Minuto de Belleza" C.A. y a Cocinas DECOMAS, en la persona de su Gerente y Representante Legal ciudadana RENE CAROLINA DÍAZ, venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA).
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho d.....