En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN ANUAL, en la demanda de ACCION REINVIDICATORIA, presentada en fecha 24 de febrero de 2015, por el ciudadano CESAR JESUS COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.105.254, debidamente asistido por el abogado SEGUNDO MILANO ACOSTA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.066; contra la Ciudadana CARMEN VIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.355.326. En consecuencia, QUEDA EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente proceso; por lo que de conformidad con el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil, la presente demanda no se podrá volver a proponer, sino h.....