Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio presentada por la Ciudadana, ROXIMAR NAZARETH REMEDIO ARMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-28.622.614, número telefónico: 0414-4093795, de este domicilio, asistida en este acto por la abogada NUBIA SARIMA GONZALEZ HURTADO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 154.611, funcionario adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, contra el ciudadano CARLOS ALFREDO PACHECO PINTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-25.955.869, número telefónico +56952212009, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en concordancia con las Sentencias N° .....