Vista la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano EFRAÍN FRANCISCO CADENAS CAPUANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.607.935, de profesión Licenciado en Contaduría Pública, asistido por la abogada en ejercicio GLORIA ALVARADO MUÑOZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 35.279, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 020/2011 de fecha 14 de enero del 2011, dictada por el Alcalde del Municipio Puerto Cabello, y notificado en fecha 21 de enero de 2011, Oficio Nro. 028/2011, mediante el cual se resuelve remover al querellante del cargo que ejercía de Jefe de la Unidad de Control adscrita a la Sala Técnica del Consejo Local de Planificación Pública; considerando que este Tribunal es competente para conocer del asunto planteado de conformidad con lo dispuesto en los artículo 1 y 25 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa administrativa; y por cuanto la querella cumple con los requisitos del artículo 95 eiusdem.....