este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO; la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS, formulada por los ciudadanos LUISELIS VALERIA LOPEZ ESCANDON y ALCIDES JOHAN FLORES CAPOTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.823.204 y V-13.818.138 respectivamente, asistidos por la abogada MARLENE PULIDO VIDAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 24.305, todos de este domicilio y en consecuencia, DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y contraído en fecha 19 de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), ante la oficina de Registro Civil de la Parroquia Fraternidad del Municipio P.....