SEGUNDA: EL EX TRABAJADOR acepta el monto consignado por LA EMPRESA en la cláusula anterior, por cuanto no existe ningún reclamo o diferencia sobre la cantidad oferida, en lo que respecta a la LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES, señalada en el folio 4 de este expediente, donde se indican todos los conceptos y montos a cancelar por dicho concepto, con sus respectivas deducciones, las cuales han sido aceptadas y convenida expresamente por EL TRABAJADOR, por la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bsf.19.338,95), así como la suma adicional que se le cancela por concepto de Compensación Única Y Extraordinaria, que es la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL CIEN BOLÍVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bsf.36.100,oo)
TERCERA: En virtud de la aceptación del Ex TRABAJADOR, LA EMPRESA entrega en este acto, la cantidad de: 1) DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bsf.19.338,95) mediant.....