SIN LUGAR la solicitud de Control Judicial por la Defensa Técnica del ciudadano EDWIN ALBERTO LOPEZ ORTIZ titular de la cedula de identidad nro. V-13.821.721, por cuanto la diligencia practicada por la Fiscal Décima Sexta comprendida en la evaluación de la Psicólogo adscrita al Ministerio Publico, siendo un acto propio de la investigación penal solicitado en la Orden de Inicio de Investigación Penal conforme a lo establecido en el articulo 265 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el cual le esta encomendado ordenar y dirigir la realización de todo acto de investigación tendiente tanto a la inculpación como la exculpación del imputado, todo ello en la condición de buena fe que ostenta dentro del proceso penal; y en tal sentido, quien aquí decide, observa que no se vulnero el debido proceso, ni los derechos inherentes del imputado establecidos en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, cuya prueba técnica ordenada a practicar .....