En mérito a las consideraciones, es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE por EXTEMPORÁNEO el RECURSO DE HECHO, interpuesto por el Abogado ALEXIS NEMESIO RIVERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 41.965, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN VICTORIA ELIZABETH NAVARRO APARICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.356.307, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de Febrero de 2017 emitida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta la Circunscripción Judicial, que oyó la Apelación en un solo efecto, incoada en contra de la decisión de fecha 23-01-2017, en.....