DISPOSITIVO DEL FALLO
En merito de las anteriores consideraciones y administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, visto que en el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos en el artículo 185-A del Código Civil, por lo que, de acuerdo a la citada disposición legal, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARO: CON LUGAR la Demanda de Divorcio de los ciudadanos DIXON HUMBERTO GARCIA HERNANDEZ, Titular de la cédula de identidad Nº V-20.862.068, y KATHERINE VANESSA BUJANDA AGAMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-20.514.510, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el siete (07) de diciembre del año Dos Mil Dieciocho (2018), cuyo matrimonio Civil contrajeron por ante la Alcaldía.....