Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia y actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1º Con lugar la defensa de falta de cualidad presentada por la representación de la codemandada FORD MOTORS DE VENEZUELA, C.A. 2º PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES, incoare el ciudadano VÍCTOR ALFREDO TERÁN SILVA, plenamente identificado en autos, contra la entidad de trabajo VIGILANTES GUACARA, C.A.