DECISIÒN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, el Recurso de Apelación formulado por el apoderado judicial de la sociedad de comercio "SPIROTALLIC DE VENEZUELA", C.A.
Se REVOCA la decisión recurrida, y se ordena al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción oiga la solicitud de regulación de competencia, planteada por la parte recurrente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año 2006. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-