La parte demandada a los fines de dar por concluido el presente Juicio ofrece en cancelar por concepto de la diferencia de prestaciones sociales, salarios caídos y los conceptos que eventualmente pudieran surgir como consecuencia de la terminación de la relación de trabajo, la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.800.000,00); los cuáles son cancelados en este acto de la siguiente forma: mediante instrumento cambiario (cheque) a nombre y a la orden de la actora NOEMI MARÍA CAMERO YÉPEZ, girado contra la entidad CORP BANCA, de fecha 19 de Diciembre de 2006, signado con el No. 19679797, de la cuenta corriente correspondiente a la UNIDAD EDUCATIVA MORAL Y LUCES; por la suma de Bs. 1.800.000,00. En este estado la actora, manifiesta que acepta la cancelación producida en este acto ya que satisface el contenido de la pretensión, representada por la diferencia de prestaciones sociales y por los salarios caídos dentro de los cuáles se encuentran los siguientes conceptos: ANTIGÜED.....