´´´Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la ciudad de Valencia, de fecha 07 de abril de 2015, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00184-2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Valencia. Así se establece.
• SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto al Circuito Laboral de la ciudad de Valencia, para que se distribuya el presente asunto entre los Juzgados Superiores de aquella jurisdicción, o sus suplentes o algún juez accidental que se designe al efecto, según allá lo.....