En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo actuando en Sede Constitucional, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA DE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada por la ciudadana ROSIO ELIZABETH BENITEZ CARREYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.108.876, debidamente asistida por el abogado ISAAC GUTIERREZ RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 259.130, contra las actuaciones del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el Expediente Nº GHOA-X-2016-000012. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas. ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíque.....